domingo, 9 de octubre de 2011

Tiempo de Asamblea Extraordinaria

Vamos a poner el tema en contexto:

El Club Atlético Temperley es de los socios y el órgano soberano por el cual los mismos expresan y deciden es la Asamblea.

Sin embargo, por una cuestión de orden y sentido común los socios no pueden decidir todo en Asamblea permanente y por ende, delegan en un grupo menor de socios la administración del club. Este grupo menor de socios se organizan en organos de administración y control como Comisión Directiva, Comisión Fiscalizadora y Asamblea de Representantes.

Estos socios son elegidos en elecciones y asignados proporcionalmente de acuerdo al resultado de las mismas a los distintos organos de gobierno y control.

Si un miembro de alguno de estos organos tuvo el 99% de los votos en una elección o el 1% sigue siendo un administrador, con el poder delegado por los socios. Ni mas, ni menos. El club sigue siendo de los socios.

A efectos de establecer una rendición clara de cuentas y un orden institucional los socios, dueños del club, votaron un Estatuto. Su última modificación data de Diciembre de 2009. El mismo, a efectos de verificar que se encuentra dentro de las normas legales, fue presentado en Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires y, homologado en Mayo de 2010, sin cambiar una coma.

Cualquier socio tiene derecho a cuestionar e impulsar un cambio en cualquier artículo del Estatuto. Para ello debe lograr la convocatoria de una Asamblea Extraordinaria, lograr que la misma vote dichos cambios en forma positiva (con la aprobación de las dos terceras partes de los presentes) y luego hacer homologar los mismos en Personas Jurídicas.

Mientras no lo hagan, todos los socios tienen la obligación de respetar cada uno de los artículos del Estatuto. Quien no respeta el Estatuto, no respeta la Ley Nacional. Quien no respeta el Estatuto, está teniendo un comportamiento contrario a la voluntad de los socios e ilegal respecto a las leyes nacionales.

Las Asambleas, de acuerdo al Artículo 88 del Estatuto pueden ser Ordinarias (las anuales en la 1ra quincena de junio de cada año donde se aprueba la memoria, el balance y el Presupuesto) y las Extraordinarias cuyos fines pueden ser diversos.

Las Asambleas Extraordinarias pueden ser convocadas por la Comisión Directiva, por la Comisión Fiscalizadora o directamente por los socios, a través del pedido del 10% de los socios con derecho a voto. ¿Que temas pueden tratar una Asamblea Extraordinaria? Cualquier tema puede ser agregado a la misma, de acuerdo al artículo 91 con la moción de 10 socios.

La Asamblea es soberana, y puede decidir sobre cualquier tema del club, por simple mayoría, salvo en los temas especificos que requiere dos terceras partes de los presentes (Articulo 100 inciso d) Modificar el Estatuto, inciso f) Decretar anmistias o condonar sanciones g)Afiliar o desafiliar al club de entidades i)Tomar deudas o garantias o comprometer al club en un valor mayor al 10% de su capital j) Modificar el objeto del club, disolverlo o fusionarlo con otra entidad.

Vamos ahora al tema actual.

La Comisión Directiva del club, ha violado en forma reiterada y sistemática distintos artículos del Estatuto. Los socios, en reiteradas oportunidades han solicitado por nota la explicación sobre estos incumplimientos, sin obtener respuesta alguna.

La última Asamblea Ordinaria de socios finalizó sin que el Balance haya sido tratado, y sin que el Presupuesto haya sido siquiera puesto a disposición de los socios para su tratamiento. El mismo presidente del club ha dicho, en reiteradas oportunidades que no tiene voluntad de volver a convocar a una Asamblea para normalizar todas estas irregularidades. Los administradores actuales del club, han decidido en forma unilateral sostener una conducta ilegal y contraria a la voluntad del socio.

¿Que pueden hacer los socios frente a esta situación?

A nivel externo, recurrir a las autoridades de contralor (Personas Juridicas) o directamente a la Justicia.Aportando todas las pruebas sobre los incumplimientos e irregularidades.

A nivel interno,los socios pueden reunir la firma del 10% del padrón de socios y convocar a una Asamblea Extraordinaria.

¿Que puede decidir una Asamblea Extraordinaria si es convocada de este modo?

Aquello que la mayoría de los socios presentes apruebe. Se deberá evaluar las distintas posturas, y merituar cada una de las actuaciones de las autoridades, y decidir.

La Asamblea es soberana, y el Club Atlético Temperley, en definitiva y nunca olvidemos esto, fue, es  y SIEMPRE será de los socios.

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